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La plusvalía municipal, nueva norma, en vigor desde 10 de Noviembre 2021


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Fecha :- 24 Ene 2022

La plusvalía municipal, nueva norma, en vigor desde 10 de Noviembre 2021, ¡vaya vueltas que ha dado el asunto! Personalmente no pensaba que finalmente hubiera una modificación de ese calado, y por otro lado coherente con las cifras económicas de las liquidaciones.

En resumen, para tener una breve guía mental de como actuar a partir de 10/11/2022 en cuanto a la plusvalía municipal, puesta de manifiesto por venta, donación o herencia:

  1. En cualquier caso hay que presentar y liquidar el impuesto, aportando la documentación que lo apoya.
  2. Si no hay incremento de valor del terreno no hay que pagar. La forma de calcularlo: Valor de transmisión menos valor de adquisición. El valor es el declarado en la escritura, o el comprobado por la administración si este es mayor.
  3. Si el resultado es positivo, hay que pagar: al valor del suelo se le aplica un coeficiente que varía según los años de propiedad. Si el resultado es mayor al incremento real obtenido en el punto 2, se toma como base imponible el incremento real.
  4. Tributan las plusvalías generadas en menos de una año (antes exentas)

En concreto, el Ayuntamiento de Madrid habilita en su plataforma la forma de cálculo dual (por diferencia de valores o por coeficientes), para que el contribuyente elija la que más le favorece. (Googlea «Nueva calculadora de la plusvalía municipal del Ayuntamiento de Madrid»)

«Sistema objetivo ((base imponible = el valor catastral del terreno x coeficiente)
Sistema de estimación directa de incremento de valor ((base imponible = comparativa del valor del terreno declarado o comprobado en la adquisición y en la transmisión).»

 

** Todo salvo mejor opinión, consulte a su asesor fiscal abogado o contable antes de actuar, no obre basado en artículos de internet sin la preceptiva constatación normativa.